Programa RELEO PLUS 24/25

En este apartado iremos publicando todas las novedades relacionadas con el Programa de Gratuidad de Libros Releo Plus.

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FEBRERO

El 2 de febrero de 2024 se publica en BOCYL la Orden EDU/57/2024, por la que se convoca la participación en el Programa de gratuidad de libros de texto "RELEO PLUS" y las ayudas en él contenidas, cofinanciadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, para el curso escolar 2024/2025. El Programa «RELEO PLUS», tiene por objeto proporcionar el uso gratuito de los libros de texto al alumnado que curse educación primaria o educación secundaria obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León.

PUEDEN PARTICIPAR ALUMNOS DESDE INFANTIL 5 AÑOS EN EL CURSO ACTUAL HASTA 6º.

• La solicitud se debe generar a través de la aplicación. Luego se puede teletramitar, si tienen certificado digital, y en caso contrario la tienen que imprimir, firmar y presentar en el centro.
• El colegio tiene disponible un borrador que puede proporcionar, si todos los datos son correctos, firmar y entregar en el centro.
• El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 3 de febrero (día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOCYL) hasta el día 23 de febrero de 2024, ambos incluidos.


NOVEDADES:

• Para participar en el Programa “RELEO PLUS” se presentará solicitud, una por cada alumno, que se cumplimentará, a través de la aplicación informática BACI disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/ y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León https://www.educa.jcyl.es, generándose un documento.

• Con el objeto de favorecer la concesión de las ayudas a determinados colectivos se dividirá la renta familiar por un coeficiente en base a los siguientes criterios:

• En el caso del alumnado perteneciente a una familia numerosa la renta familiar se dividirá por un coeficiente proporcional al número de hijos, del siguiente modo:
Hijos que se reconocen en el Título Oficial de Familia Numerosa Coeficiente
Hasta 3 1,25
Entre 4 y 6 1,40
7 ó más 1,50

• En el caso de que alguno de los miembros de la unidad familiar presente una discapacidad reconocida igual o superior al 33% se dividirá por un coeficiente de 1,25.
• Si algún miembro de la unidad familiar ha sido reconocido como víctima de violencia de género o como víctima de actos de terrorismo se dividirá por un coeficiente de 1,25.

En el caso de que concurran varios criterios de los puntos anteriores se aplicará a la renta familiar únicamente el mayor de los coeficientes correctores.

Para evitar problemas y tener calidad de datos, es recomendable que el ciudadano se meta en BACI y modifique o complete su solicitud.

IMPORTANTE: NO SE PUEDE ESCRIBIR NADA EN LA SOLICITUD, SOLAMENTE LAS FIRMAS

Toda la información y acceso a la aplicación pinchando AQUÍ.

 

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